Madrid, a dieciséis de Junio de dos mil quince.
“Por necesidades del servicio se suspende el previo señalamiento para votación y fallo fijado para el día 9 de Julio. Se señala para la votación y fallo del presente recurso el día 16 DE JULIO DE 2015; la sala estará formada por cinco de……….”
Según se nos ha notificado ambos recursos serán votados y fallados el mismo día 16.
PRIMER ERE 01-06-2013
Se votara el recurso presentado por la empresa ante el Tribunal supremo, frente al fallo de la Audiencia Nacional (14-11-2013) en contra del ERE firmado por LIBERBANK, CCOO Y UGT. Este fallo ya será definitivo, y afectara al periodo comprendido entre 01-06-2013 y el 31-12-2013.
SEGUNDO ERE 01-01-2014
Se votara el recurso presentado por la parte social frente a la sentencia de la Audiencia Nacional, en la cual no se admitía como prueba (al considerar que estaba fuera de plazo) un informe técnico-economico, el cual desmontaba la argumentación de Liberbank acerca de la necesidad del ERE. En este caso, si el fallo fuese favorable a la parte social, se volvería a la Audiencia Nacional. La cual volvería a votar y fallar el recurso presentado contra el segundo ERE.
A la espera del fallo que afecta al primer ERE, y si este fuese favorable a los trabajadores, LIBERBANK tendría que devolver a sus trabajadores el importe integro detraído de sus nóminas. En el caso de que hubiese que reclamar las cantidades de manera individual, APECASYC se pone a DISPOSICION de sus afiliados, tanto para el cálculo de las cantidades como para su reclamación. Teniendo en cuenta que se ha de calcular tanto el importe NO COBRADO, como las aportaciones en fecha correspondiente a nuestro plan de pensiones.