EN PRIMICIA……

Os comunicamos en primicia, la propuesta que  han presentado los sindicatos en la mesa de negociación esta tarde. A grandes rasgos, estos son los principales puntos (algunos de ellos a propuesta de APECASYC) que se acaban de presentar a la empresa esta tarde: 1.- Pre-jubilaciones a los nacidos en los años 56 y 57, a partir del 2016. Con un 80% del salario. 2.- Bajas incentivadas voluntarias a 60 días por año, con un máximo de 42 mensualidades. 3.-Suspensión de contrato 2 años, de manera voluntaria y complemento al paro del 25%, pagado por la empresa. 4.- Reducción de jornada…

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Y SEGUIMOS DE BUENA FE

Una vez más sufrimos un nuevo ejercicio de prepotencia y la empresa nos ha hecho entrega del conjunto de las “nuevas medidas”: 1.-vuelven a aparecer las suspensiones de contrato, (afectarían a 1.332 trabajadores durante 18 meses a razón de 6 meses al año) 2.-supresión de beneficios, suspensión de aportaciones a los planes de empleo, movilidad geográfica a partir de 50 km, y descuelgue del convenio. Nos propone volver a sentarnos a negociar los día 17, 19, y 26 de diciembre, aunque, si fuese necesario,  nos volveríamos a sentar también el día 23. Tras una ligera lectura de la información que…

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…..DE BUENA FE

Texto íntegro de un comunicado remitido por Liberbank hoy a la plantilla:Como continuación de la comunicación del pasado 20 de noviembre, y una vez dictado por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional el Auto de 25 de noviembre de 2013, resolviendo la aclaración solicitada por algunas organizaciones sindicales de la Sentencia de 14 de noviembre de 2013, se comunica a todos los empleados que, en cumplimiento del Fallo de la misma, y sin perjuicio del Recurso de Casación interpuesto por la Entidad, dejarán de aplicarse a partir del día 31 de este mes de diciembre las medidas…

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NUEVA ACLARACION

Respuesta del jurista Eduardo Rojo ante el análisis de la sentencia de 14 de Noviembre: Entonces, segun usted, en que situación quedan los trabajadores tras esta Sentencia: 1.- Como se encontraban al inicio del periodo de consultas y antes de que la Empresa aplicara las primeras Medidas Unilaterales. 2.- Como se encontraban antes de aplicarles las Medidas acordadas en el SIMA; es decir con las reducciones de las Unilaterales ya aplicadas. De ser su interpetación la 2, buena parte de los trabajadores estarían peor que antes de esta Sentencia. Si estan en el caso 1 y hay que volver a…

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