A lo largo del día de ayer se llevó a cabo la última reunión entre los sindicatos y la empresa con el fin de llegar a un acuerdo acerca de las medidas que esta aplicará a la plantilla.
APECASYC, cumpliendo su compromiso con la plantilla, y en contra de la manera de actuar de alguno de los sindicatos ya conocidos,aplaza la firma de este acuerdo hasta haber consultado la opinión de todos y cada uno de nuestros compañeros.
A grandes rasgos, que detallaremos posteriormente, el acuerdo es el siguiente:
Duración de las medidas hasta julio de 2017.
– Los empleados con sueldo inferior a 30.000 € verán reducida su jornada en el porcentaje según territorios (10,04, 10,97, 11,34 y 13,56) con la correspondiente reducción salarial.
– Los empleados directivos tendrán reducción de jornada igual que los del punto anterior más reducción salarial según tablas.
– 1.250 empleados tendrán reducción de jornada del 30% con reducción salarial proporcional y sin reducción según tablas.
– El resto de empleados tendrán reducción de jornada del 18% con reducción salarial proporcional y sin reducción según tablas.
– Se suspenden los beneficios sociales que presentó la empresa en su propuesta inicial excepto el Plus Sentencia Terminales y el Premio a la Dedicación por 25 años de servicio.
-Se anula la subida salarial prevista en el Convenio Colectivo para 2014.
– Se suspende la ayuda de estudios para empleados.
– Ayuda de estudios para hijos de empleados: durante la vigencia del acuerdo se aplaza el pago para los dos primeros hijos de los empleados con salario anual bruto superior a 30.000 €, a partir de 2018 se empezará a recuperar durante tres años las cantidades dejadas de percibir. Estarán exentos de este aplazamiento los hijos con discapacidad.
– Se suspende el pago del plus de convenio.
– Se podrá aplicar movilidad geográfica solamente a los empleados afectados por cierre de oficinas o departamentos centrales con las mismas condiciones económicas que en el acuerdo del 03-01-2011, incluida la posibilidad de acogerse a la baja incentivada establecida en ese acuerdo.
Suspensión de aportaciones a los planes de pensiones recuperable durante siete años consecutivos o no, excepto para los que causen baja en la empresa por jubilación u otra causa, que las recuperarán cuando se produzca el hecho